
Cambiaban el nombre de sus víctimas y las sometían a la servidumbre: condenan a los miembros de “Dimensión Cielo”
El tribunal ordenó reparaciones por más de 80 millones de pesos y el caso fue definido por la fiscalía como un ejemplo paradigmático de las nuevas formas de sometimiento, donde las “cadenas invisibles” reemplazan a la coerción física.
Un tribunal federal de Córdoba condenó a nueve años de prisión a Elías Argüello Soria, líder de “Dimensión Cielo”, una secta que rebautizaba a sus víctimas con nombres bíblicos y las sometía a jornadas de catorce horas sin salario bajo control psicológico y religioso. Junto al líder, su esposa —autoproclamada “La Profeta”— y dos colaboradores conocidos como “Eliseo” y “Mateo” recibieron cuatro años cada uno como partícipes secundarios. El tribunal ordenó reparaciones por más de 80 millones de pesos y el caso fue definido por la fiscalía como un ejemplo paradigmático de las nuevas formas de sometimiento, donde las “cadenas invisibles” reemplazan a la coerción física.
El Tribunal Oral Federal N°2 de Córdoba condenó a nueve años de prisión a Elías Daniel Argüello Soria, líder de la organización “Dimensión Cielo”, por el delito de trata de personas agravada con fines de explotación laboral y reducción a la servidumbre. Junto al líder, su esposa —autoproclamada “La Profeta”— y dos colaboradores conocidos como “Eliseo” y “Mateo” recibieron cuatro años cada uno como partícipes secundarios. El tribunal ordenó reparaciones por más de 80 millones de pesos y el caso fue definido por la fiscalía como un ejemplo paradigmático de las nuevas formas de sometimiento, donde las “cadenas invisibles” reemplazan a la coerción física.
La sentencia, dictada el 20 de mayo por el tribunal presidido por el juez Enrique Liljedahl e integrado por sus colegas Noel Costa y José Fabián Asis, fue el desenlace de un proceso judicial que puso en el centro del debate una pregunta incómoda: ¿puede existir sometimiento cuando las propias víctimas dicen no reconocerse como tales?
¿Cómo operaba “Dimensión Cielo”?
Lo primero que perdían quienes ingresaban a “Dimensión Cielo” era su nombre. Como parte de un ritual de obediencia, les cortaban el pelo y les cambiaban el nombre por personajes bíblicos, bajo la premisa de que su identidad anterior debía “morir” para servir a Dios a través de Elías. Era el primer eslabón de un proceso de despersonalización minucioso y deliberado: sin nombre propio, sin vínculo con el mundo de afuera, sin historia anterior, las personas quedaban atadas a la figura de Argüello como única referencia de autoridad y sentido.
El grupo operaba en Córdoba y San Francisco a través de diversos emprendimientos: la panificadora “Barritas y más”, el local de comidas “Costumbres Light” y la inmobiliaria “Ciudad”. Argüello, quien se presentaba como un enviado de Dios, no actuaba solo. Junto a su esposa Daiana Felisa Herrera, autoproclamada “La Profeta”, dirigía la organización. Los otros imputados también operaban bajo nombres bíblicos adoptados dentro de la comunidad: Ricardo Matías Mercado cargaba el alias “Eliseo” y estaba a cargo de la inmobiliaria; Maximiliano David Mercado era conocido como “Benjamín” y se ocupaba del negocio de panificación; Marcos Matías Burini respondía al nombre de “Mateo” y supervisaba el trabajo diario de las víctimas.
La investigación del Ministerio Público Fiscal acreditó que la organización captaba personas en situación de vulnerabilidad emocional, económica y familiar mediante discursos religiosos y promesas de una vida comunitaria basada en valores evangélicos. Argüello se presentaba como una figura con autoridad divina y utilizaba redes sociales y canciones difundidas por internet como mecanismo de acercamiento y captación. La fiscal federal María Marta Schianni, quien elaboró el requerimiento de elevación a juicio junto a su colega de la PROTEX Alejandra Mángano, describió con precisión ese sistema de dominación llamándolo “cadenas invisibles”: prácticas de cooptación psicológica tan o más efectivas que las limitaciones físicas propias del concepto tradicional de trata.
Una vez dentro, el proceso era gradual e implacable. Las víctimas trabajaban catorce horas diarias sin salario, aún enfermas y en condiciones de hacinamiento. No podían tener amigos fuera del grupo ni guardar secretos. Todo el dinero que generaban con las ventas era absorbido por un “fondo común” cuya administración quedaba exclusivamente en manos de los líderes. Una de las víctimas lo describió sin eufemismos ante el tribunal: “Me tenían captada”. Relató que sentía miedo y que no tenía posibilidad económica de irse porque todo lo que recaudaba lo entregaba a la organización.
El mecanismo de control también dejaba su marca en los cuerpos. Un informe policial incorporado al debate describió que debajo de una escalera dormían dos mujeres en estado de evidente hacinamiento, mientras otros testimonios señalaron que algunas se bañaban con mangueras o dormían en sillones dentro de sus propios lugares de trabajo. El fiscal general Carlos Gonella consideró, además, muy grave la existencia de menores de edad dentro de la organización. Una de las mujeres contó que quiso irse cuando su hija terminó la primaria, pero con apenas doce años, Argüello pretendía hacerla trabajar.
En su alegato, Gonella sostuvo que Argüello tomaba absolutamente todas las decisiones económicas, productivas y comerciales y daba directivas permanentes a los demás imputados, incluso en los más mínimos detalles. Una frase que la acusación le atribuyó al líder condensó esa lógica: “Cada uno de ustedes es fiel a Dios y eso es ser fiel a mí”. Durante el juicio declararon dos psicólogas del equipo de Rescate del Polo de la Mujer y de Acompañamiento a las Víctimas del Ministerio Público Fiscal, quienes explicaron los mecanismos de captación de la subjetividad, los perfiles de los líderes y el proceso de despersonalización y desvinculación familiar, y sostuvieron haber observado ese fenómeno en el caso analizado. Su exposición ayudó a comprender por qué cinco de las personas afectadas declararon en el primer día de juicio que habían elegido libremente esa vida en comunidad y no se reconocían como víctimas.
El tribunal hizo lugar al pedido de reparación económica y fijó indemnizaciones para dos víctimas y para familiares de una tercera persona afectada: 48.034.445 pesos en el primer caso, 28.800.000 en el segundo y 3.500.000 en el tercero. Junto a Argüello fueron condenados Herrera, Mercado y Burini, quienes recibieron penas de cuatro años de prisión como partícipes secundarios. Maximiliano David Mercado, el quinto imputado, resultó absuelto tras el retiro de la acusación en su contra durante el debate. El tribunal también ordenó el decomiso de vehículos, dinero, computadoras, teléfonos celulares y otros bienes secuestrados en los allanamientos, y mantuvo vigentes las restricciones de acercamiento de los condenados con las víctimas hasta el cumplimiento efectivo de las penas.