
Actualizan las categorías del monotributo: cuáles serían los nuevos topes de facturación
El Ministerio de Economía trabaja en la redacción de una medida para actualizar, con vigencia desde el mes próximo, los montos de facturación permitida en cada una de las categorías del monotr...
El Ministerio de Economía trabaja en la redacción de una medida para actualizar, con vigencia desde el mes próximo, los montos de facturación permitida en cada una de las categorías del monotributo y, en consecuencia, un reajuste también del ingreso máximo que permite estar en el régimen simplificado. Según la normativa vigente, el Poder Ejecutivo puede establecer que a partir de julio los importes se vean incrementados en un 41,52%, tal como informó LA NACION días atrás.
Así, los ingresos brutos permitidos para estar en ese esquema impositivo, que quedaron retrasados de cara a la creciente inflación, llegarían a $7.996.486 para los prestadores de servicios y a $11.379.615 si se trata de contribuyentes dedicados al comercio de bienes muebles.
Esas cifras responden a la aplicación de un aumento de 41,52% respecto de los importes vigentes hasta este mes. Ese porcentaje es equivalente al alza que, según la fórmula de movilidad, acumulan en la primera mitad de este año los haberes de los jubilados y otras prestaciones sociales cuyo pago está a cargo de la Anses.
La a ley del monotributo prevé desde hace años una actualización de carácter anual de los parámetros del régimen. Para definir el porcentaje de incremento, se observar la movilidad jubilatoria de los 12 meses previos. El año pasado, el Congreso aprobó una cláusula que habilita expresamente al Poder Ejecutivo a concretar un reajuste semestral, en función de los reajustes por movilidad que hayan tenido las jubilaciones en la primera mitad del año.
Julio es el segundo mes del año (el primero es enero) en el cual los monotributistas deben hacer el trámite de recategorización. Si no se actualizan los valores de los límites de cada categoría, es alta la probabilidad de que haya quienes deban subir de casillero sin que sus ingresos hayan mejorado en términos reales. Es decir, habría casos en que se subiría de categoría cuando, en rigor, con el dinero percibido se podría adquirir menos bienes y servicios que antes.
Noticia en desarrollo