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Abogados chaqueños furiosos con jueces por el pedido de veto a la nueva ley de Honorarios

Las entidades de la abogacía de las seis circunscripciones judiciales del Chaco rechazaron en bloque el pedido de veto parcial formulado por la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales ante el gobernador Zdero. Le piden la promulgación íntegra de la Ley N° 4228-C.

Abogados chaqueños furiosos con jueces por el pedido de veto a la nueva ley de Honorarios

Las entidades de la abogacía de las seis circunscripciones judiciales del Chaco rechazaron en bloque el pedido de veto parcial formulado por la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales ante el gobernador Zdero. Le piden la promulgación íntegra de la Ley N° 4228-C.

La tensión entre la magistratura y la abogacía organizada del Chaco estalló esta semana luego de que la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales del Chaco (AMFJCh), presidida por Fabiana Bardiani, remitiera una nota al gobernador Leandro Zdero solicitando el veto parcial de los artículos 13, 17 y 42 inciso d) de la recientemente sancionada Ley N° 4228-C de Honorarios Profesionales de la Abogacía. La asociación argumentó que esos artículos podrían afectar la independencia judicial y el principio de razonabilidad consagrado en el artículo 28 de la Constitución Nacional, y señaló que la ley fue aprobada por la Cámara de Diputados sin que se los hubiera consultado previamente.

La respuesta de los abogados no tardó en llegar y fue contundente. El Consejo Profesional de la Abogacía de la Primera Circunscripción, el Colegio de Abogados y Procuradores de Resistencia, el Colegio de Abogados de la Segunda Circunscripción (Presidencia Roque Sáenz Peña), el Colegio de Abogados de Villa Ángela, la Asociación de Abogados de Villa Ángela, el Colegio de Abogados de la IV Circunscripción (Charata), el Colegio de Abogados y Procuradores de General José de San Martín y el Colegio de Abogados del Norte de Juan José Castelli suscribieron una extensa nota dirigida también al gobernador, rechazando el pedido y exigiendo la promulgación íntegra de la norma. Es decir, la totalidad de las entidades representativas de los abogados y abogadas matriculados en las seis circunscripciones judiciales de la provincia.

“Magistrados sin aptitud institucional para pronunciarse”

El documento de las entidades profesionales es duro desde el inicio y cuestiona, ante todo, la legitimidad de la AMFJCh para opinar sobre la materia. Sostienen que la ley regula exclusivamente los honorarios de abogados y procuradores, no los sueldos ni el régimen disciplinario de los magistrados, por lo que la asociación de jueces carece de interés legítimo y de competencia institucional para pronunciarse al respecto. “Nunca los abogados hemos sido convocados a debatir el régimen retributivo de los magistrados; tampoco los magistrados tienen aptitud institucional para pronunciarse sobre la justa retribución de los abogados”, sostiene el escrito.

Las entidades van más lejos y cuestionan incluso la representatividad del reclamo. Señalan que la propia nota de la AMFJCh reconoce que la inquietud surge de notas remitidas por jueces civiles, comerciales y contencioso administrativos de Resistencia, es decir, un sector reducido de la magistratura de una única circunscripción. Ningún juez de las otras cinco circunscripciones judiciales de la provincia habría adherido a la queja. Para los abogados, presentar esa voz minoritaria como si fuera el sentir del Poder Judicial del Chaco constituye una distorsión inaceptable.

Sobre el fondo del debate, los colegios y consejos profesionales rechazan que los artículos cuestionados afecten la independencia judicial. Sostienen que lo que verdaderamente está en juego es otra cosa: la resistencia de un sector de la magistratura a perder la potestad de fijar discrecionalmente, y sin más límite que su propia voluntad, los honorarios de los abogados. Describen una práctica que, en algunos juzgados, se habría vuelto sistemática: regulaciones sin base regulatoria explícita, porcentajes inferiores al mínimo legal sin declaración de inconstitucionalidad, honorarios que la propia nota califica de irrisorios. La nueva ley vendría a poner fin a esa situación.

En ese marco, los abogados invocan un fallo reciente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación —dictado el 31 de marzo de 2026 en la causa “Prete, Pablo y otros”— que reafirma que los jueces no pueden apartarse de una ley vigente sin declararla inconstitucional. Según ese precedente, hacerlo es “arbitrario y contrario a la división de poderes constitucional”. La Ley 4228-C, argumentan, no hace más que reiterar esa obligación en el campo de la regulación de honorarios: aplicar los mínimos legales o, si se los considera irrazonables, declararlos inconstitucionales con fundamentación expresa, pero no prescindir de ellos en silencio.

La nota también refuta el argumento de que el artículo 42 inciso d) establezca un mecanismo de “denuncia automática” contra magistrados. Las entidades señalan que la norma solo habilita al Observatorio de Cumplimiento de la Ley de Aranceles a elevar antecedentes a las entidades profesionales para que estas evalúen —el texto legal usa ese verbo— si corresponde presentar una denuncia ante el Consejo de la Magistratura. Se trataría, en su lectura, de un doble filtro institucional que reduce el riesgo de denuncias abusivas, y no de una herramienta de presión sobre los jueces.

Finalmente, los firmantes recuerdan que la Ley N° 4228-C es el resultado de más de dos años de trabajo público y participativo de la abogacía organizada de la provincia, debatida en comisiones parlamentarias y aprobada con consenso prácticamente unánime por la Cámara de Diputados. En ese contexto, califican de inadmisible que el Poder Ejecutivo vete una norma de tan amplio respaldo democrático a instancias de un grupo minoritario de magistrados que, según les consta, no participaron del debate público durante todo ese tiempo. Le piden al gobernador Zdero que rechace el pedido de veto y promulgue la ley tal como fue sancionada por la representación popular del Chaco.


 

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